El Juzgado de primera Instancia nº 50 de Barcelona concede el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) a un cliente del despacho. El juez determina que cumple los requisitos que establece la Ley de la Segunda Oportunidad y que todas sus deudas quedan perdonadas (23.000 euros).
Requisitos para la exoneración de deudas:
- Estamos ante el concurso de un deudor persona física.
- El concurso no ha sido declarado culpable.
- No existen antecedentes penales en delitos económicos.
- Se intentó alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.
- Se han abonado todos los créditos contra la masa y privilegiados.
Se han acabado las demandas y las interminables llamadas reclamando deuda y el cliente puede empezar una nueva vida sin deudas.
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